martes, 21 de octubre de 2014

Zona Contigua

Espacio marino que cuenta con 24 millas a partir de la línea de base, por lo que las 12 primeras son de mar territorial. El Estado tiene competencia pero menos. Hay un conjunto de poderes en materia fiscal y judicial. Se amplían las competencias policiales ilimitadamente. 

Mar Territorial

Es el que se extiende hasta las doce millas desde la línea de base, que también está sometido a la soberanía del Estado con un régimen parecido al de las aguas interiores. Fue uno de los primeros espacios aparecidos. Tenía una dimensión reducida por los usos que se hacían de él (garantizar la seguridad ante los ataques), por eso era de tres millas, porque era la distancia que alcanzaban las bombas. Ahora es de doce millas desde el convenio del 82, primero en el que se trató este tema.



El problema está cuando dos estados están frente a frente (España y Marruecos, por ejemplo); salvo acuerdos, el sistema suele ser trazar una línea equidistante de la costa. Cuando dos estados hacen frontera (España y Portugal), se traza la línea equidistante a puntos de la costa de ambos estados.

El mar territorial está sometido a la soberanía del Estado con un límite: el “paso inocente”, que es la posibilidad de que otros barcos crucen el mar territorial de un Estado en navegación horizontal o vertical para entrar o salir de un puerto. En este caso, el paso debe cumplir dos requisitos:

- Que haya paso, navegar de forma rápida e ininterrumpida.
- Que sea inocente, que no perjudique al Estado ribereño.

Los aviones no tienen paso inocente, pero los submarinos sí siempre que no estén sumergidos. En las aguas interiores no existe el paso inocente. Hay dos figuras que están vinculadas al mar territorial:

Estrechos Internacionales: Son aquellos en los que, lo que hay dentro, es todo mar territorial (como Gibraltar) y comunican zonas de alta mar o zona económica exclusiva (de libre circulación). Los barcos tendrán derecho al paso inocente. Pero los gobiernos no lo aceptan por razones estratégicas. Lanzan el concepto de paso en tránsito, rápido y no interrumpido, que afectaría también a las aeronaves y permitiría a los buques navegar sumergidos.
Aguas Archipelágicas: Son las que cubren estados formados por islas, muy volcados al mar. Las islas forman un espacio único. Se trazan una serie de rectas uniendo los puntos exteriores de cada isla y lo que hay dentro son las aguas archipelágicas, que no se pueden confundir con las aguas interiores; hay paso inocente, como en el mar territorial; en tránsito, en determinadas zonas y respetar los derechos históricos de terceros estados. Puede haber una isla que quede un poco alejada y las líneas no pueden sobrepasar las 100 millas. No se puede aplicar este principio en los archipiélagos de Estado (siempre que éste tenga una masa continental). Sí que hay islas de base rectas entre Ibiza y Formentera, por ejemplo, para trazar la línea de base, y en Canarias para la zona económica exclusiva.

Aguas Interiores

Espacio que media entre el territorio terrestre y el mar territorial. Se delimita a partir de la línea de base. Aguas de puertos, bahías, etc. Es, prácticamente, una prolongación del territorio. Estas aguas, junto con el mar territorial, son las aguas territoriales. Sistemas para delimitar las líneas de base:



Línea de bajamar: (donde está la marea baja). El sistema adoptado es la de la línea de baja mar media en los últimos años. La línea de baja mar escalonada es la más baja; arañamos algunos metros. Es un sistema que cada vez se utiliza menos, sobre todo, en costas sinuosas, en las que es mejor el sistema de línea recta.


Línea recta: Coger los puntos exteriores de la costa y trazar líneas rectas entre ellas. Es más ventajoso. Cuando hay islotes, también se puede aplicar la línea recta hasta ellos. Así se amplía el conjunto de las aguas interiores. Esta línea es fundamental porque a partir de ahí contamos todos los espacios.

Existe soberanía exclusiva del Estado ribereño sobre las aguas interiores (otros no pueden pescar allí ni sobrevolar el espacio aéreo). La navegación en aguas interiores está dirigida al acceso a puertos, cuya tendencia es hacia la libertad. 


En ningún caso esto afecta a algunas categorías de buques como los de guerra, investigación científica o pesca. Una vez en el puerto, los barcos quedan sometidos a la legislación del Estado ribereño y éste juzgará los delitos que se cometan. Para algunos delitos, es el Estado del Pabellón el que tiene competencias (si el delito es a bordo y no afecta al Estado ribereño).

Competencias del Estado sobre los Espacios Marítimos

Hay dos fases para comprender la multitud de espacios actuales frente al principio de libertad de los mares, que imperaba anteriormente:

1ª Fase - Siglo XVI-1945

Período de formación del conjunto normativo que se aplica en los espacios marítimos. Algunos espacios quedan sometidos a la soberanía del Estado (una dimensión reducida) y el resto son considerados Alta Mar, por lo que no tienen ninguna protección soberana.

Ha triunfado el principio de libertad en el mar por las pugnas de los siglos XVI y XVII, donde Gran Bretaña venció a España y Portugal, que querían monopolizar el régimen de navegación en el territorio americano. Monopolizar las rutas era lo mismo que monopolizar el comercio y tener la hegemonía. GB, Francia y Bélgica estaban en contra de esta práctica porque no tenían grandes descubrimientos, por lo que triunfa el principio de libertad de los mares.

Paralelamente, en el siglo XVII, se producen batallas navales entre GB y los Países Bajos. Cuando GB llegó a tener el monopolio de la navegación, lanzó el principio de libertad de los mares, por el que todos navegarían  pero sólo GB usaría y controlaría esos mares. Por ello, hasta 1945, todo era mar territorial y alta mar.

2ª Fase - 1945- Hoy

Estos factores han supuesto una aceleración para cambiar la regulación de los espacios marítimos. Se producirá una negociación desde 1963 hasta 1982. Un grupo, el de los 77, quería la ampliación de los espacios marinos. Otro grupo, las superpotencias, lo querían para llevar a cabo estrategias. Había un problema: cómo solucionar los enfrentamientos que surgían de aquí.

Todos querían el consenso. A las grandes potencias les interesaba ceder y parecía que éste se alcanzaba. En 1982, se cierra el consenso y se redacta. Sin embargo, el hecho de que no haya entrado en vigor hasta 1994 supone que no había consenso (por los fondos marinos). Por el grupo de los 77 se creará un nuevo espacio a este respecto, la Zona Internacional de Fondos Marinos y Oceánicos (ZIFMO)

Con el convenio de 1982 se consigue que se convierta la ZIFMO en patrimonio de la humanidad. Los fondos marinos no son de apropiación soberana y los puede explotar aquel que tenga medios. Es como beneficio de la humanidad.

Últimamente, hemos asistido a una multiplicación de los estados marinos.

Ahora, el mar se divide en zonas desiguales, algunas sometidas a la soberanía del Estado y otras no.

Sometidas al control del Estado

- Aguas interiores.

- Mar territorial.

- Zona contigua.
- Zona económica exclusiva.
- Plataforma continental.

Espacios de interés internacional

- Alta mar.
- ZIFMO.